Tractatus de legibus et consuetudinibus regni Angliae | |
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Autor | Ranulfo de Glanvill |
Período | 1188 c. |
Género | tratado |
subgénero | ley |
Idioma original | latín |
El Tractatus de legibus et consuetudinibus regni Angliae (también conocido como el tratado de Glanvill ya que se atribuye a Ranulf de Glanvill ) es el primer tratado de derecho anglosajón . La obra, que data de alrededor de 1188, fue revolucionaria en su codificación sistemática que definió el proceso legal e introdujo el escrito (el esquema o código de procedimiento), innovaciones que han perdurado hasta nuestros días. Se considera un "libro de autoridad" en el derecho consuetudinario inglés .
Escrito para Enrique II de Inglaterra (reinando de 1154 a 1189) como la culminación de su larga lucha para restaurar un período de paz y prosperidad en el reino después de años de anarquía , el Tractatus se describe a menudo como uno de los medios para lograr los objetivos de rey Enrico. Más tarde fue suplantado como fuente principal del derecho inglés por De legibus et consuetudinibus Angliae de Henry de Bracton ("Leyes y costumbres inglesas") (ca. 1210 - 1268), que a su vez heredó mucho del Tractatus .
Ha habido debate sobre el autor real de todo o parte del Tractatus , siendo Hubert Walter un fuerte candidato alternativo. En cualquier caso, el trabajo de Glanvill quizás haya sido corregido por otros pero ciertamente es atribuible a él; y la pregunta se elude en la literatura utilizando terminología como "comúnmente atribuido a Glanvill".
La Ley consuetudinaria normanda ( Ley normanda ) en el Reino de Inglaterra fue una combinación de la Ley normanda en Normandía , enmendada específicamente por los defectos encontrados en ella, con modificaciones para abordar cualquier problema con el único propósito del control normando de Inglaterra, con adaptaciones de la costumbres de los ingleses cuando estaban en consonancia con los objetivos de los normandos. Además, un feudalismo naciente pero en constante evolución había existido en Inglaterra a fines del siglo X. [1]
El sistema legal fue introducido por Guillermo el Conquistador (quien más tarde se convirtió en rey de Inglaterra con el título de Guillermo I, reinó de 1066 a 1087) y se estableció plenamente en la época de Enrique I de Inglaterra (reinó de 1100 a 1135); durante su reinado, la legislación inglesa evolucionó a lo largo de su propio camino autónomo, que tiene su origen inmediato en el Tractatus , independientemente de los fundamentos originales de esta ley "anglo-normanda". Además, el autor del Tractatus estaba familiarizado con el derecho civil [2] y el derecho canónico , tenía una larga experiencia en la práctica de la administración de justicia y conocía íntimamente las debilidades del sistema y la mejor manera de corregirlas. .
Parece haber consenso en que, en última instancia, la ley inglesa no se basa en codificaciones anteriores. Thomas Edward Scrutton notó la falta de una herencia del derecho romano (es decir, Corpus iuris civilis ) en el Tractatus , [3] afirmando que algunos términos fueron tomados prestados únicamente para incluirlos en el libro que trata sobre contratos ( Tractatus , libro X), pero que los términos se han aplicado a conceptos ingleses. Sir Frederick Pollock y Frederic William Maitland , en su History of English Law Before the Time of Edward I , describen los contratos del Tractatus de Glanvill como "puramente germánicos" y afirman que "la ley ciertamente no es de influencia romana". [4]
Para 1135, la evolución de la ley anglo-normanda mostraba su edad, con algunas partes que le permitían operar aceptablemente, pero muchas partes, siendo voluminosas y controvertidas, eran ineficaces y vulnerables a la oposición de los señores locales. El período del reinado de Esteban en Inglaterra (1135 - 1141, 1141 - 1154) fue un desastre, conocido en la historia inglesa como " Anarquía ". Se necesitaban reformas y Enrique II (que reinó de 1154 a 1189) estuvo a la altura del desafío.
El rey Enrique puso orden en el caos legal. Hizo de la Corte Real la corte común en toda Inglaterra, definiendo cuidadosamente su jurisdicción y las de la Iglesia, los señores feudales y el alguacil. Se hizo guardián de la paz del rey, con protección uniforme para todos.
El Tractatus fue la culminación de los esfuerzos del rey Enrique, el medio para lograr sus objetivos. Que esto es atribuible a la evolución legal en su reinado, en lugar del cambio repentino, se demuestra por su inserción deliberada de los principios de sus reformas anteriores, como el Assize de Clarendon . Si bien algunas partes del contenido del Tractatus se conocieron por primera vez como las innovaciones sobresalientes de Enrique I, Enrique II merece crédito por la revolución que hizo con innovaciones comunes en lugar de excepcionales.
Enrique II también es conocido por elegir hombres fuertes y muy capaces para implementar su política y luego darles espacio para hacer su trabajo sin interferencias. Entre ellos estaba Glanvill , que fue juez principal de Inglaterra de 1180 a 1189, y que actuó como regente en ausencia del rey Enrique, como sucedía a menudo.
En una era anterior a la impresión mecánica y la alfabetización generalizada, era común que todas las obras, grandes y pequeñas, tomaran prestado y copiaran obras anteriores sin una atribución explícita. El Prefacio del Tractatus se describe comúnmente como una admirada imitación del Prœmium (prefacio) de las Institutas de Justiniano , sin el inconveniente del plagio. Donde el prefacio de las Instituciones comienza con Imperatorium Majestatem , el prefacio del Tractatus comienza con Regiam Potestatem .
El Prefacio [5] describe los objetivos, diciendo en efecto que el buen gobierno y las buenas leyes están en interés de la justicia, y estos son los objetivos del Rey. El Tractatus consta de catorce libros y se limita en gran medida a los objetos de jurisdicción en la Curia . Regis .
No. | Capítulos | Resumen |
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yo [6] | I - XXXIII | Súplicas pertenecientes a la Corte del Rey o al Alguacil; justificaciones; las etapas preparatorias hasta el momento en que ambas partes togadas comparecen ante el tribunal |
yo [7] | I - XXI | Citación, Comparecencia, Patrocinio, Confrontación o Gran Assize, el defensor, Sentencia y Ejecución |
tercero [8] | I-VIII | testigos de la defensa; y de los dos Señores, bajo uno de los cuales está el Demandante (el demandante) y bajo el otro está el Inquilino (inquilino o tenedor del fondo) |
Estos dos primeros libros tratan de la ley (código procesal) de las citaciones, al proceder de la Curia Regis y todas sus fases. Combinados con el tercer libro, los tres juntos, son una descripción del procedimiento en una citación para la recuperación de tierras, incluyendo todos los pasos relacionados con el proceso judicial.
No. | Capítulos | Resumen |
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IV [9] | I - XIV | Advowson - Derechos eclesiásticos |
V [10] | yo-vi | Posición social y servidumbre |
VI [11] | I - XIII | Morgengabio |
VI [12] | I-XVIII | Enajenaciones, Transmisiones Patrimoniales, Sucesiones, Protección, Testamentos |
VII [13] | yo-x | Conciliaciones finales y escrituras en general |
IX [14] | I - XIV | Vasallaje, Exención, Lealtad (del vasallo al señor feudal), Servicios públicos, Purprestures (daño a la comunidad), Disputas fronterizas |
X [15] | I-XVIII | Deudas derivadas de diferentes tipos de Contratos, Prendas y Garantías (sean muebles o inmuebles), Documentos que contienen Deudas |
XII [16] | yo-iv | Legal |
Estos primeros once libros administran las actas que se originan en la Curia Regis .
No. | Capítulos | Resumen |
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XIII [17] | I-XXV | Excepciones de Ley y Mandatos de Ley, cuando llevados a la Corte de los Lores, y cómo transferirlos a la Corte del Condado y Curia Regis ; lo que conduce a la citación de algunas otras órdenes emitidas anteriormente por el Sheriff. |
XIII [18] | I - XXXIX | Motivos [19] de Assizes y Recognitions, diferentes tipos de Disseisins (Dissequestri, repossession...) |
XV [20] | I-VIII | Motivos delictivos de competencia de la Corona ( Curia Regis ) |
Año | Descripción |
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1265 | una versión revisada escrita o transcrita por Robert Carpenter de Haresdale, según la revista Glanvill de Frederic William Maitland [22] |
1554 | Impreso por R. Tottle a fines del siglo XII; esto fue por sugerencia del autor y juez Sir William Stanford, según Sir Edward Coke . |
1557 | |
1604 | Impreso por Thomas Wight ; el texto fue corregido por una comparación con "varios manuscritos". |
1673 | Reimpresión exacta de la edición de 1604 de Wight, pero omitiendo el Prefacio. |
1776 | Impreso en el cuarto en el primer volumen de Houard Traités sur les Coutoumes Anglo-Normandes , Rouen . Un texto imperfecto según Gross. [23] |
1780 | Publicado por John Rayner, 8 vol. Coordinado con manuscritos de Bodleian, Cottonian, Harleian y Doctor Mille por JE Wilmot. |
1812 | Traducción al inglés del latín, publicada en octavo por John Beames, con notas. |
1828 | Impreso como apéndice de Englische Reichs und Rechtsgeschichte de George Phillip , ii, 335. |
El uso de mandatos (ordenanzas) limita la jurisdicción de todos los demás tribunales y transfiere la jurisdicción de los tribunales de los Lores y de los condados al Tribunal del Rey. El mecanismo de Tribunales itinerantes ( eyre ) se utilizó para una nueva institución, donde varios condados se fusionaron en un " tribunal de circuito " y se instruyó a un juez para moverse por el distrito, dirigiendo el Tribunal del Rey (Tribunal) en cada parte del Reino. La renuencia general a otorgar continuamente ( Essoins ) (justificaciones legales) ha reducido considerablemente el tiempo que lleva completar el proceso judicial. La Audiencia del Rey, a través de sus mandatos, ha mantenido la competencia de la sentencia de apelación en los procesos contradictorios sobre bienes inmuebles . El establecimiento de la "verdad" de los hechos a través del proceso racional de un Assize Court (luego reemplazado por el jurado) se planteó como una alternativa a las opciones de juicio de la Ordalia , o el uso de defensores como sustitutos o el uso del papel de testigos en lugar de pruebas para determinar el resultado de las disputas legales. [24]
El surgimiento en este momento de la doctrina de la cosa juzgada tiene el propósito de hacer ejecutivos los veredictos, integrando el Tractatus , aunque no todo, lo que sirve para enfatizar que el Tractatus fue en sí mismo una parte de las reformas del rey Enrique, pero no la única. una.
El tribunal diocesano retuvo la jurisdicción sobre asuntos de matrimonio, legitimidad, testamentos, asuntos eclesiásticos y recursos por incumplimiento de contratos ordinarios, pero los mandatos de la Corte del Rey les impidieron entrometerse en otros lugares.
El efecto fue unificador y el juicio con jurado del Tribunal del Rey fue tan popular que privó a los otros tribunales de litigios. Más importante para el futuro de Inglaterra, fue tan satisfactorio que contribuyó a la cultura inglesa al cultivar un respeto universal por el derecho y la voluntad de respetar sus decisiones.
Los warrants y juicios del King's Court, junto con la organización judicial, son el germen del common law inglés . De manera similar, el control judicial de las disputas de propiedad mediante el uso de órdenes judiciales es la semilla de la ley de tierras inglesa. La opción del proceso racional de evaluación de la evidencia en un juicio por jurado sobrevive a todas sus alternativas para convertirse en la única forma de determinar la "verdad" de los hechos.
Glanvill es un nombre que se cita abundantemente en los libros de derecho ingleses, ya sean históricos o legales específicos, y en el último caso, donde hay una serie de referencias pertinentes al tema en las notas, se lo cita como la fuente autorizada más antigua. Las variaciones ortográficas del nombre incluyen Glanvil, Glanvill (la más común) y Glanville.
El Scottish Regiam Majestatem fue escrito quizás durante el reinado de Robert I Bruce (1306-1329) pero no antes de 1318, ya que incluye un estatuto escocés escrito en ese año. [25] Alrededor de dos tercios se adaptaron sin cambios de capítulos del Tractatus , y algunas partes restantes son diferentes del Tractatus pero muy similares a él. El resto del Regiam Majestatem no está relacionado con el Tractatus , se refiere principalmente a la cuestión de los crímenes. [26]