Una denominación religiosa es un sujeto colectivo en el que se desarrolla y concreta una fenomenología religiosa específica .
La figura jurídica de las "confesiones religiosas" fue establecida por el artículo 8, inciso 1 de la Constitución. Los párrafos siguientes atribuyen a las "confesiones religiosas distintas de la católica" la libertad de existir y de organizarse con estatutos propios, siempre que no contravengan el ordenamiento jurídico italiano y garanticen las relaciones con el Estado reguladas por la ley sobre la base de acuerdos con los representantes correspondientes.
Esta disciplina tiende a compensar las confesiones "diferentes a las católicas", imitando, pero con diferencias considerables, el régimen de relaciones entre la Iglesia Católica y el Estado italiano, tal como fue establecido por el régimen fascista con la firma de los "Pactos de Letrán". de 1929.
Si bien algunas leyes y parte de la doctrina han hablado de "confesiones religiosas sin entendimiento", esta dicción no corresponde a la palabra y espíritu del texto constitucional, que distingue las "formas sociales de religiosidad", categoría general de formas de socialidad religiosa protegida en el artículo 19, “asociaciones o instituciones de carácter eclesiástico y con fines religiosos o de culto, protegidas en el artículo 20 de discriminaciones derivadas de las autoridades públicas y “confesiones religiosas”, categoría que es menor en número pero más significativos, desde el punto de vista de la pertinencia social . [1] La pertenencia de una formación social religiosa a la categoría de confesiones religiosas la establece el Gobierno, cuando acepta iniciar gestiones con la representación del sujeto religioso para la estipulación de del convenio y es sancionado por el Parlamento, cuando aprueba la ley reproductiva del convenio.
Por la vigencia actual de la ley n. 1159 de 1929, cd. “sobre los cultos admitidos en el Estado”, las únicas otras formas asociativas de religiosidad hoy reconocidas por el Estado, además de las confesiones que tienen entendimiento, son precisamente los “cultos admitidos”, es decir, aquellos que han tenido personalidad jurídica reconocimiento sobre la base de esta ley.
En los convenios, las confesiones religiosas tienen una garantía específica de constitución, organización, calificación del personal, protección de las actividades religiosas y de poder disponer de lugares físicos destinados a la realización de las actividades (iglesias, templos, sinagogas, etc.), están autorizados a realizar actividades de proselitismo (si lo desean) y servicios pastorales (asistencia religiosa, instrucción religiosa, etc.). Pueden celebrar matrimonios religiosos que también tienen efectos en el estado. Participan en muchas formas de intervención promocional del Estado a favor de la religión (8x100, desgravación fiscal de las donaciones a su favor en una medida modesta, aportaciones económicas para la construcción de cultos, etc.)
Dado que el artículo 2 de la Constitución protege como derecho inviolable todas las "formas sociales en que se realiza la personalidad del hombre" y el artículo 19 garantiza la "profesión de la fe religiosa" también en forma asociada, se sigue que toda organización del Colectivo la religiosidad, aunque tenga características y estructura que le permitan obtener la calificación jurídica de confesión religiosa, también puede existir de hecho. Es decir, sin institucionalizar su existencia en el ordenamiento jurídico. Este tipo de confesión da derecho a los derechos comunes a todas las formaciones sociales religiosas [2] , el derecho a la igual libertad religiosa y la posibilidad de solicitar el reconocimiento a la autoridad administrativa [3] .
Una confesión religiosa reconocida es una confesión que ha solicitado el reconocimiento civil según el esquema previsto por el ordenamiento jurídico: presentación de una solicitud ante el Ministerio del Interior , adjuntando copia auténtica del Estatuto, así como otros documentos que el solicitante estime conveniente dar a conocer su naturaleza. El Departamento de Asuntos Religiosos del Ministerio investiga la veracidad del Estatuto y los documentos, verifica que no sean contrarios al ordenamiento jurídico y, eventualmente [4] , otorga personalidad jurídica civil como "culto admitido en el Estado", de conformidad con de la ley n.1159 de 1929.
Las confesiones reconocidas gozan de muchos más derechos que las confesiones de hecho, pudiendo iniciar negociaciones con el estado para llegar a un acuerdo .
El Real Decreto n. 289 de 1930, por el que se desarrolla la citada ley, permitía a la autoridad administrativa penetrar en las instituciones de cultos admitidos (visitas e inspecciones, cancelación de actos internos, en algunos casos incluso la disolución temporal de la administración del organismo); sin embargo, el gobierno nunca hace uso de estas facultades, ya que son derogadas por incompatibilidad con los artículos 8, 19 y 20 de la Constitución, que impiden limitaciones especiales e injerencia estatal en las confesiones religiosas: es un caso clásico de derogación tácita por incompatibilidad con una ley posterior.
La libertad religiosa prevista por el artículo 8 de la Constitución (párrafos 1 y 2), se reconoce y garantiza a toda formación social religiosa que reúna las características que permitan entenderla en la categoría de confesiones religiosas [5] ; y las relaciones entre las confesiones religiosas reconocidas y el Estado italiano están reguladas por los Acuerdos específicos estipulados con las respectivas representaciones (art. 8 c. 3) [6] .
El procedimiento de los Acuerdos prevé la remisión, por parte de la Confesión interesada, de una solicitud al Presidente del Consejo de Ministros [7] ; si la solicitud es aceptada (facultad discrecional), el Secretario del Consejo de Ministros, asistido por la Comisión Interministerial para los acuerdos con las confesiones religiosas, realiza negociaciones específicas con los exponentes del movimiento solicitante.
Una vez que se ha llegado a un acuerdo sobre la redacción de un proyecto de Entendimiento, la Comisión Consultiva para la Libertad Religiosa emite una opinión sobre el texto, luego el acta se somete a la consideración del Consejo de Ministros para obtener la autorización para su firma. del Primer Ministro. Una vez firmado el acuerdo entre el Presidente del Consejo y el Representante de la confesión religiosa, el acuerdo se remite al Parlamento en forma de proyecto de ley para su posible aprobación, lo que le da efectos jurídicos.
A continuación se muestra la lista de confesiones religiosas reconocidas que tienen acuerdos o entendimientos con la República Italiana :
Confesiones religiosas reconocidas por la República Italiana [8] | ||||
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Religión | confesión religiosa | acto de reconocimiento | Nota | |
cristiandad | catolicismo | L. n° 222 de 20 de mayo de 1985 DPR n° 33 de 13 de febrero de 1987 |
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cristiandad | Mesa valdense | Ley n° 449 de 11 de agosto de 1984 Ley n° 409 de 5 de octubre de 1993 |
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cristiandad | Unión Italiana de Iglesias Cristianas Adventistas del Séptimo Día | Ley N° 516 de 22 de noviembre de 1988 Ley N° 637 de 20 de diciembre de 1996 |
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cristiandad | Asambleas de Dios en Italia | L. n° 517 de 22 de noviembre de 1988 | ||
judaísmo | Unión de Comunidades Judías Italianas | Ley N° 101 de 8 de marzo de 1989 Ley N° 638 de 20 de diciembre de 1996 |
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cristiandad | Unión Cristiana Evangélica Bautista de Italia (UCEBI) | L. n° 116 de 12 de abril de 1995 L. n° 34 de 12 de marzo de 2012 |
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cristiandad | Iglesia Evangélica Luterana en Italia (CELI) | L. n° 520 de 29 de noviembre de 1995 | ||
cristiandad | Sagrada Arquidiócesis Ortodoxa de Italia y Exarcado para el Sur de Europa | L. N° 126 de 30 de julio de 2012 | ||
cristiandad | Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días | L. n° 127 de 30 de julio de 2012 | ||
cristiandad | Iglesia Apostólica en Italia | Ley N° 128 de 30 de julio de 2012 | ||
Budismo | Unión Budista Italiana | Ley n° 245 de 31 de diciembre de 2012 | ||
hinduismo | Unión hindú italiana - Sanatana Dharma Samgha | Ley N° 246 de 31 de diciembre de 2012 | ||
Budismo | Instituto Budista Italiano Soka Gakkai | Ley N° 130 de 28 de junio de 2016 |