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Dirección de Capitanías y Guardacostas | ||
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Cuerpo de Capitanías y Guardacostas | ||
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Activa | 1919 | |
País |
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Fidelidad | Perú | |
Tipo | Fuerza de seguridad | |
Función | Guardia costera y Autoridad Marítima, Fluvial y Lacustre | |
Parte de | Marina de Guerra del Perú | |
Acuartelamiento | Callao | |
Insignias | ||
Logo |
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Bandera de proa |
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Cultura e historia | ||
Mote | DICAPI | |
https://www.dicapi.mil.pe/ | ||
La Dirección General de Capitanías y Guardacostas es la autoridad marítima y Guardia Costera del Perú, la misma que desempeña la labor de control y la vigilancia en los medios marítimo, fluvial y lacustre, así como las tareas de búsqueda y rescate. Es un órgano de línea de la Marina de Guerra del Perú, y de acuerdo a ley está facultada para ejercer la policía marítima, fluvial y lacustre con el fin de aplicar y hacer cumplir la normativa nacional e instrumentos internacionales de los que el Perú es parte, para velar por la protección y seguridad de la vida humana en el medio acuático, la protección del medio ambiente acuático y sus recursos, así como reprimir las actividades ilícitas en el ámbito de su jurisdicción.
El ejercicio de la Autoridad Marítima se remonta a principios del siglo XVII, habiendo sido siempre realizado por marinos. A finales del siglo XVII y durante la república se establecieron varias capitanías de puerto ante la imperiosa necesidad de evitar las constantes pérdidas de embarcaciones, vidas humanas, cargamentos valiosos y con la finalidad de mantener el orden en los puertos. La primera que se creó fue la Capitanía de Puerto del Callao, mediante Real Orden del 1 de noviembre de 1791, designándose como primer capitán de puerto al Capitán de Fragata Agustín de Mendoza y Arguedas.
Posteriormente, durante la república y a mediados del siglo XIX se había organizado un sistema de inspección de capitanías que dio paso a la Sección y luego a la Dirección de Capitanías. Por Decreto Supremo de fecha 5 de agosto de 1919 se creó la Dirección General de Capitanías y Guardacostas. La Ley Orgánica N.º 13508 (ley secreta) establecía asimismo que el Ministerio de Marina tenía la potestad y responsabilidad de fiscalizar el tráfico acuático, ejerciendo jurisdicción sobre las aguas de la costa, los puertos y las actividades marítimas, fluviales y lacustres. Así lo señala el posterior Decreto Ley N.º 17824 del 23 de septiembre de 1969 que creó el Cuerpo de Capitanías y Guardacostas. Por Resolución Ministerial N.º 0701 del 25 de mayo de 1973 se declaró Día del Guardacostas. El 7 de junio de 1996 se promulgó la Ley 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres. Por Resolución de la Comandancia General de la Marina N.º 360-99 del 5 de abril de 1999 se estableció que el 5 de agosto de cada año se conmemore el Día de la Autoridad Marítima del Perú. Por Resolución de la Comandancia General de la Marina de fecha 21 de octubre de 1999 se creó la Escuela de Calificación por Actividad Capitanías y Guardacostas.
La Dirección General de Capitanías y Guardacostas cumple el rol de vigilancia y control, búsqueda y rescate (SAR), protección del medio ambiente y recursos naturales, así como de reprimir todas las actividades ilícitas en el ámbito acuático peruano( mar, ríos y lagos) conocido como el dominio marítimo del Perú. De acuerdo con el Decreto Legislativo N.º 1147 - Decreto Legislativo que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional - Dirección General de Capitanías y Guardacostas, sus principales funciones son las siguientes:
El ámbito geográfico en el cual la Dirección de Capitanías y Guardacostas ejerce jurisdicción comprende: