Bien inventariado del patrimonio cultural vasco

En el mundo de Bien inventariado del patrimonio cultural vasco, existe una gran diversidad de opiniones, información y experiencias que pueden ser abordadas desde diferentes perspectivas. Ya sea que estemos hablando de Bien inventariado del patrimonio cultural vasco como un tema de actualidad, una figura pública de relevancia o un acontecimiento histórico, es crucial entender la importancia y el impacto que tiene en nuestra sociedad. En este artículo, exploraremos diferentes aspectos relacionados con Bien inventariado del patrimonio cultural vasco, analizando su influencia, alcance y relevancia en distintos contextos. A través de un enfoque crítico y reflexivo, buscaremos arrojar luz sobre los distintos matices que rodean a Bien inventariado del patrimonio cultural vasco, para así ampliar nuestra comprensión y generar un debate constructivo.

Escudo del País Vasco.

Bien inventariado del patrimonio cultural vasco, según se define en el artículo 16 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, serán todos aquellos bienes que sin gozar de la relevancia o poseer el valor contemplados para ser considerados un Bien Calificado por la ley, constituyen, sin embargo, elementos integrantes del patrimonio cultural vasco, y serán inscritos, a los efectos de la presente ley de las disposiciones que la desarrollen, en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, dependiente del Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno Vasco.

Con el fin de dar la necesaria publicidad a los bienes culturales se crea el Registro de Bienes Culturales Calificados y el Inventario General de Bienes Culturales, como servicios abiertos al público e integrados en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco

Esta calificación es equivalente, por ejemplo, a la de Bien inventariado del patrimonio cultural aragonés en Aragón.


Referencias